Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0005/2018
Fecha: 14-Mar-2018
II.4.
II.4. Cursa acta de audiencia de 1 de junio de 2017, de inspección judicial y levantamiento de plano georeferenciado, de la sayaña “Ñeke” Jawira de la comunidad Centro Revito celebrado ante el referido Juzgado Agroambiental, habiéndose procedido al recorrido del terreno, realizado las mediciones de los puntos de referencia en cada uno de los mojones, a ser reflejados en el plano y/o mapa georeferencial, que debe ser elaborado por el profesional de apoyo técnico, declarándose cuarto intermedio hasta una nueva audiencia (fs. 30 y vta.).
- conflicto de competencias jurisdiccionales
- I.
- a)
- admitió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.
- Toda persona tiene derecho a ser oída por una autoridad jurisdiccional competente
- 3.
- II.
- Artículo 11. (ÁMBITO DE VIGENCIA TERRITORIAL)
- la jurisdicción indígena originario campesina gozarán de igual jerarquía
- III.2.1. Ámbito de vigencia personal
- pero que voluntariamente de manera expresa o tácitamente se sometan a dicha jurisdicción
- III.2.2. Ámbito de vigencia territorial
- Fragmento 22
- Fragmento 23
- III.3.
- Cetro Revito del ayllu Pachacama
- Centro Revito
- en comunidades que tengan posesión legal o derecho propietario colectivo de las mismas
- COMPETENTE