SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0044/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0044/2018-S1

Fecha: 15-Mar-2018

denegó

El Tribunal de Sentencia Penal Segundo de la Capital del departamento de La Paz, constituido en Tribunal de garantías, por Resolución 41/2017 de 1 de noviembre, cursante de fs. 87 a 89, denegó la tutela impetrada, en base a los siguientes fundamentos: 1) El acto vulneratorio de derechos alegado por el accionante, no puede constituirse en materia o base de la acción de libertad, toda vez que no se encuentra dentro de los alcances del art. 125 de la CPE; 2) De acuerdo a los informes de los demandados,  se tiene que Jhonny Donato Coronel Ayala, señala que actuó conforme al Manual de Organización y Funcionamiento de MUSERPOL, dentro de los cuales se evidencian mecanismos de protección a los bienes estatales; María Del Carmen Cecilia Mazzi Silva, Jefa de la Unidad de Transparencia, refirió que su actuación se limitó únicamente a observar que no se cometan excesos contra el hoy accionante y se preserven sus derechos; y por último, los funcionarios policiales codemandados indicaron en su informe que únicamente realizaron el precintado y desprecintado del CPU ante el llamado de su superior, y que este tema era de conocimiento del ahora accionante, puesto que autorizó tal medida de protección; por lo que en definitiva, lo alegado por el prenombrado no constituye materia de acción de libertad, no existiendo a su vez denuncia contra éste; y, 3) Si el accionante considera que los demandados cometieron excesos respecto al hecho concreto, la vía constitucional no es el instrumento o medio idóneo para realizar estos reclamos, por lo que deberá acudir a otras instancias competentes.