SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0052/2018-S4
Fecha: 14-Mar-2018
REVOCAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Cuarta Especializada; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR la Resolución 15/2017 de 12 de octubre, cursante de fs. 119 a 124 vta., pronunciada por la Jueza Pública de Familia Décima Quinta del departamento de La Paz; y, en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada; asimismo, al haberse dejado sin efecto la Resolución FDLP/EJBS-R-410/2017 de 10 de marzo, disponer se emita nueva resolución, previa notificación a la parte accionante con las objeciones correspondientes; se dimensiona los efectos del presente fallo constitucional, manteniendo firme y subsistente la determinación inicial dispuesta por la Jueza de garantías, con la finalidad de no entorpecer el normal desarrollo del proceso penal que originó la presente acción de amparo constitucional.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- durante la sustanciación de la impugnación al sobreseimiento, por parte del Fiscal Superior… el Juez de Instrucción Penal ejerce control sobre esos actos que son parte de la etapa preparatoria, por cuanto ante la impugnación al sobreseimiento ésta aún no ha concluido; de ello se infiere que todo acto u omisión que las partes consideren lesivos a sus derechos y garantías… durante el lapso entre la impugnación al sobreseimiento y la resolución de éste, deben ser denunciadas ante el Juez Cautelar…’.
- el rol del juez se restringe a reparar lesiones vinculadas con los derechos y garantías fundamentales que no impliquen un cuestionamiento de fondo a las facultades privativas de los fiscales, y que en su momento fueron denunciadas ante el Fiscal de Distrito al momento de impugnar el requerimiento conclusivo y no merecieron pronunciamiento o reparación por esta máxima autoridad.
- el control jurisdiccional que puede efectuarse respecto a los Fiscales de Distrito -ahora Fiscales Departamentales- incluso de manera posterior a la ratificatoria de una resolución de sobreseimiento únicamente puede referir al procedimiento como por ejemplo omisiones en la notificación a las partes procesales,
- como ser notificaciones y plazos procesales
- III.2. Análisis del caso concreto
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