SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0056/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0056/2018-S3

Fecha: 19-Mar-2018

II.4.

II.4.  A través de la providencia de 8 de septiembre de 2017, el Tribunal de Sentencia Penal Primero de Camiri del departamento de Santa Cruz, determinó que ya no tenía competencia para conocer la solicitud de suspensión condicional de la pena, pues las situaciones jurídicas ya cambiaron a partir de la ejecutoria de la sentencia del procedimiento abreviado, habiendo precluido su accionar en esa etapa como lo establece el art. 16 de la LOJ, que prohíbe a los jueces retrotraer el proceso a etapas ya precluidas -valga la redundancia-, disponiendo que acuda a la autoridad competente, es decir, el juez de ejecución penal conforme advierte el     art. 434 del CPP (fs. 14).