Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0063/2018-S3
Fecha: 19-Mar-2018
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 24/2017 de 2 de octubre, cursante de fs. 227 a 229, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Victor Luis Guaqui Condori contra Juan Orlando Ríos Luna y Roxana Orellana Mercado, ex Consejeros de la Sala Disciplinaria del Consejo de la Magistratura.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- procedencia
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1. La motivación y fundamentación de las resoluciones como obligación del juzgador
- la motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales, sino que exige una estructura de forma y de fondo. En cuanto a esta segunda, la motivación puede ser concisa, pero clara y satisfacer todos los puntos demandados, debiendo expresar el Juez sus convicciones determinativas que justifiquen razonablemente su decisión en cuyo caso las normas del debido proceso se tendrán por fielmente cumplidas
- III.2. Análisis del caso concreto
- 2)
- REVOCAR