SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0063/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0063/2018-S3

Fecha: 19-Mar-2018

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 15 de agosto de 2016, René Rubén Ramos Marín, interpuso denuncia en su contra por supuestas faltas graves según los arts. 186.9 y 14 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ), a cuyo efecto el Juez Disciplinario Segundo de la Oficina Departamental de La Paz del Consejo de la Magistratura, emitió Auto de inicio de sumario -Auto de 16 de agosto de 2016-, sin describir los hechos que serían la base de la denuncia así como la calificación de la falta disciplinaria.

El proceso disciplinario, concluyó con la emisión de la Sentencia Disciplinaria 150/2016 de 14 de octubre, en la que se declaró probada la denuncia por la comisión de falta disciplinaria grave prevista en el art. 187.14 de la LOJ, e improbada la denuncia respecto a la falta disciplinaria prevista en el art. 187.9 de la misma Ley, suspendiéndole del ejercicio de sus funciones como Juez Público Civil y Comercial Decimoprimero del departamento de La Paz, por el lapso de un mes sin goce de haberes.

Contra la referida Sentencia Disciplinaria 150/2016, interpuso recurso de apelación argumentando varios aspectos que serían agraviantes; sin embargo, la Sala Disciplinaria que resolvió este recurso, no se pronunció ni positiva o negativamente sobre dos agravios, además de desestimar que el Auto de 16 de agosto, no contiene los hechos que configurarían las faltas disciplinarias, lesionando así su derecho a la defensa.