Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0077/2018-S2
Fecha: 23-Mar-2018
II.1.
II.1. Por memorial de 20 de septiembre de 2017, Mirtha Lucia Tórrez Ortiz, Fiscal de Materia -hoy demandada-, puso a conocimiento del Juez de Instrucción Penal Octavo de la Capital del departamento de La Paz -ahora codemandado-, la ampliación de la denuncia por los delitos de desobediencia a resoluciones de hábeas corpus y amparo constitucional; y, estelionato en grado de complicidad; la misma que se tuvo presente por decreto de 21 del mismo mes y año (fs. 2 y vta.); corrigiendo y subsanando la ampliación de la denuncia contra Rodolfo Maiver Melgarejo Dorado -ahora accionante- y otros, mediante memorial de 26 de igual mes y año, la misma fue admitida (fs. 27 a 28).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- Fragmento 6
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad respecto de vulneraciones al debido proceso atribuidas al Ministerio Público
- Fragmento 16
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO
- eficaces y oportunos
- debe señalarse que es posible la presentación directa de la acción de libertad, prescindiendo de la subsidiariedad excepcional,