Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0077/2018-S2
Fecha: 23-Mar-2018
II.5.
II.5. Por memoriales de 27 y 30 de octubre de 2017, el impetrante de tutela solicitó al Ministerio Público expedir mandamiento de apremio contra el depositario, al desconocer el lugar donde se encontraba la carga y el estado de la misma, pidiéndole también lo cite para declarar sobre las condiciones de manejo del cemento asfáltico y si vendió o no parte de la carga (fs. 35 a 38); solicitando de igual manera al Juez de Instrucción Penal Octavo, el 27 de octubre de 2017, disponer la nulidad de la orden de secuestro, resolución y mandamiento de allanamiento y por ende la devolución inmediata de los objetos secuestrados por el Ministerio Público (fs. 39 y vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- Fragmento 6
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad respecto de vulneraciones al debido proceso atribuidas al Ministerio Público
- Fragmento 16
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO
- eficaces y oportunos
- debe señalarse que es posible la presentación directa de la acción de libertad, prescindiendo de la subsidiariedad excepcional,