SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0079/2018-S4
Fecha: 27-Mar-2018
III.2.Análisis del caso concreto
De los argumentos expuestos por el accionante a través de su demanda de acción tutelar, así como de los memoriales por los que subsana y los alegatos planteados en audiencia, se establece que el accionante considera que su derecho a la petición ha sido lesionado por los ahora demandados, debido a que, habiendo formulado solicitudes de extensión de fotocopias de su carpeta de cotizaciones, dicha pretensión no ha sido atendida; y que, además, impetró se de cumplimiento a lo dispuesto por Auto de Vista 568, pronunciado por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; sin embargo, este pedido tampoco fue atendido, emitiéndose la nota CITE SENASIR/CRR 091/2017, por el Director General Ejecutivo a.i. Juan Edwin Mercado Claros y la Administradora Regional de Santa Cruz Olga Duran Uribe, ambos del SENASIR, que no responde a sus requerimientos.
- acción de amparo constitucional
- I.1.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- a)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- derecho a la petición
- …cuando la autoridad a quien se presenta una petición o solicitud, no la atiende; es decir, no la tramita y la responde en un tiempo oportuno o en el plazo previsto por Ley, de forma que cubra las pretensiones del solicitante, ya sea exponiendo las razones del por qué no se la acepta, explicando lo solicitado o dando curso a la misma, en cualquiera de estos casos donde se omita dar los motivos sustentados legalmente o de manera razonable, se tendrá como se dijo vulnerado el derecho'
- el primer requisito señalado por dicha Sentencia, es decir, la formulación de una solicitud en forma escrita no es exigible,
- segundo requisito que establece que la solicitud debe ser presentada ante autoridad competente o pertinente
- cuarto requisito,
- para que la justicia constitucional ingrese al análisis de fondo de la presunta lesión al derecho de petición
- i)
- III.2.Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR