SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0086/2018-S2
Fecha: 23-Mar-2018
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 14/2017 de 11 de noviembre, cursante de fs. 38 vta. a 40, pronunciada por el Tribunal de Sentencia Penal Segundo de la Capital del departamento de Santa Cruz, que dispuso la inmediata libertad de la accionante, por exceder el termino máximo constitucional de privación de libertad; y, en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada, en los mismos términos dispuestos por el Tribunal de garantías; toda vez que, el Juez de Instrucción Penal Decimocuarto de la Capital del citado departamento no definió la situación jurídica de la demandante de tutela dentro del plazo previsto por ley.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- i)
- IV.
- V.
- nadie puede verse privado de la libertad personal
- III.2. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho en la sistematización de los tipos de acción de libertad vía jurisprudencia
- hábeas corpus
- la SC 0078/2010-R de 3 de mayo
- III.3. La obligación inexcusable de celebrar la audiencia de medidas cautelares, aún en días y horas extraordinarias por el juez de la causa
- control de la investigación, conforme a las facultades y deberes previstos en este Código
- III.4. Análisis del caso concreto
- llevando a cabo otra audiencia de medidas cautelares con aprehendido de manera paralela
- acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO
- excepción