SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0086/2018-S2
Fecha: 23-Mar-2018
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
La accionante ratificó el contenido de su memorial de acción de libertad, enfatizando que el Ministerio Público presentó imputación formal en su contra el 8 de noviembre de 2017, a horas 15:00, y que el Juez demandado, recién instaló la audiencia pública de consideración de medidas cautelares a horas 18:30, manifestando que no se iba a realizar el mencionado actuado por el exceso de trabajo, señalando una nueva para el día siguiente a horas 09:00; la cual fue suspendida otra vez, para horas 15:00 del mismo día; es decir, que transcurrieron cuarenta y ocho horas desde el momento de su detención; por lo que, busca que se le repare sus derechos fundamentales mencionados, porque su detención se prolongó por más de veinticuatro horas.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- i)
- IV.
- V.
- nadie puede verse privado de la libertad personal
- III.2. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho en la sistematización de los tipos de acción de libertad vía jurisprudencia
- hábeas corpus
- la SC 0078/2010-R de 3 de mayo
- III.3. La obligación inexcusable de celebrar la audiencia de medidas cautelares, aún en días y horas extraordinarias por el juez de la causa
- control de la investigación, conforme a las facultades y deberes previstos en este Código
- III.4. Análisis del caso concreto
- llevando a cabo otra audiencia de medidas cautelares con aprehendido de manera paralela
- acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO
- excepción