SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0086/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0086/2018-S2

Fecha: 23-Mar-2018

III.3.  La obligación inexcusable de celebrar la audiencia de medidas cautelares, aún en días y horas extraordinarias por el juez de la causa

Complementando las disposiciones concernientes al límite constitucional máximo de privación de libertad, es necesario resaltar el deber inexcusable de la autoridad judicial de definir la situación jurídica del imputado en el término de veinticuatro horas; para ello es preciso reiterar que el art. 23.IV de la CPE, dispone: