SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0086/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0086/2018-S2

Fecha: 23-Mar-2018

MAGISTRADO

[2]La SCP 0071/2012 de 12 de abril, en el FJ III.3, expresa: “…es evidente que el juez demandado, no cumplió con el plazo previsto por el art. 226 del CPP, puesto que si bien la autoridad demandada fijó audiencia para el domingo 5 de febrero de 2012, la misma se suspendió alegando que `en ese momento se estaba realizando una audiencia´ (fs. 12 a 13 vta.). En tal sentido, celebró la audiencia de consideración de medidas cautelares fuera del plazo de veinticuatro horas, no siendo válido ningún justificativo (…)”.