ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0130/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0130/2018-S2

Fecha: 16-Abr-2018

conforme se advierte del memorial presentado por el mismo

En ese sentido, si bien la audiencia no se desarrolló a la hora indicada; empero ello, no implica que se dejó en indefensión al impetrante de tutela; ya que, conforme se advierte del memorial presentado por el mismo, tuvo la asistencia técnica que amerita el caso para ejercer su derecho a la defensa, pues el Juez codemandado al momento de desarrollar la audiencia y percatarse que el imputado no se encontraba con defensa técnica, de inmediato propuso a un defensor de oficio para que lo represente y no se quede en estado de indefensión, en el marco de lo desarrollado en el Fundamento Jurídico III.5 de esta Sentencia. 

En ese entendido, se advierte que el demandante de tutela contó con la asistencia técnica y no estuvo en estado de indefensión; advirtiéndose además, que tiene la posibilidad de desvirtuar los riegos procesales, así como impugnar la Resolución que impuso su detención preventiva. En este entendido y conforme a lo anotado, el Juez codemandado adecuó su accionar a lo regulado por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional Plurinacional.