ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0130/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0130/2018-S2

Fecha: 16-Abr-2018

Fragmento 26

           La jurisprudencia constitucional, fue uniforme al establecer el carácter irrenunciable de la defensa técnica, determinando que las autoridades judiciales no deben permitir que el imputado asista a una audiencia sin la asistencia técnica, y en caso de darse este supuesto, el juez de la causa tiene la obligación de nombrar un defensor de oficio, en ese marco, se desarrolló la línea jurisprudencial citada a continuación: