SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0107/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0107/2018-S2

Fecha: 11-Abr-2018

1)

Ana Maritza Lafuente Murillo, en su condición de denunciante y tercera interesada, presente en audiencia mediante su abogado, manifestó que: 1) La accionante realizó una exposición amplia sobre el derecho al debido proceso; empero, no señaló de qué forma se le hubiera suprimido, restringido o amenazado esa potestad; 2) Asimismo, esbozó que la Resolución de 15 de abril de 2017 y de 24 de mayo del igual año, lesionaron su derecho a la defensa, por cuanto no describieron los aspectos de temporalidad, especialidad e identidad sobre la supuesta denuncia que cometió; sin embargo, de la revisión de las actas se habría establecido que dichas denuncias no serían verídicas; y, 3) Si la impetrante de tutela consideró que le fueron vulnerados sus derechos, debió interponer de manera inmediata la acción de amparo constitucional y no aguardar que transcurra seis meses para hacerlo.