Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0107/2018-S2
Fecha: 11-Abr-2018
III.5. Análisis del caso concreto
Ingresando al análisis del caso concreto, la accionante mediante la presente acción tutelar manifiesta que la Resolución de 24 de mayo de 2017, lesiona su derecho y garantía al debido proceso, en sus componentes a una motivación razonable y suficiente, así como a la defensa, toda vez que la autoridad hoy demandada, no absolvió todos los puntos expuestos en su recurso jerárquico, por cuanto simplemente se habría limitado a señalar que tiene la vía expedita para desvirtuar la denuncia en su contra y que al no existir una resolución final (definitiva), no se podría establecer la vulneración al derecho al debido proceso.
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II
- III.1.
- es impugnable en sede administrativa y sujeta a control jurisdiccional posterior cuando se trata de actos administrativos definitivos, lo que no implica que aquellos actos administrativos no definitivos no puedan ser cuestionados; sin embargo, en este último caso, se lo hará en ejercicio del derecho de petición consagrado en el art. 24 de la CPE, y solamente de manera preventiva
- III.2.
- en cambio, cuando el acto sea de mero trámite y no guarde relevancia jurídica alguna respecto a la resolución administrativa definitiva, entonces el mismo, queda privado de impugnación alguna; esto en razón a que no constituye una resolución definitiva y tampoco sirve de fundamento a la misma
- III.3.
- Fragmento 21
- III.4.
- III.5. Análisis del caso concreto
- proceden contra toda clase de resolución de carácter definitivo o actos administrativos que tengan carácter equivalente
- administrativas
- CONFIRMAR