SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0107/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0107/2018-S2

Fecha: 11-Abr-2018

II.5.

II.5.    De forma paralela, consta en antecedentes, recurso de revocatoria presentado el 21 de abril de 2017, a través del cual, María Mercedes Ugarte Ovando, pidió revocar parcialmente la Resolución de 15 del igual mes y año, alegando que de manera arbitraria le impusieron como domicilio la Secretaría del Tribunal Disciplinario, para efectos de notificación. Asimismo, cursa Resolución de 22 de abril de 2017, por el cual, el Tribunal Disciplinario, argumentado que no se lesionó ningún derecho de la accionante y que la permisibilidad de la notificación en Secretaría, se halla prevista por el art. 33.III de la Ley de Procedimiento Administrativo (LPA), desestimó dicho recurso (fs. 54 a 55).