SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0110/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0110/2018-S2

Fecha: 11-Abr-2018

1)

Luis Gatty Ribeiro Roca, Alcalde Municipal de Cobija, representado legalmente por José Romero Saavedra, Nazira Isabel Flores Choque, Griselda Cueto Mereles y Marcel Farid Montero Solares, en audiencia, sostuvieron lo siguiente: 1) Al retirarse la demanda contra el Gerente de EPSA, empresa encargada del agua y alcantarillado, los demás demandados no tienen legitimación pasiva; 2) La acción popular está instituida para proteger a toda la sociedad, no a un grupo compuesto por cinco personas; 3) El abogado habla en interés personal, no en nombre de la sociedad del barrio Villamontes; 4) Para ejercer y exigir derechos como propietarios de inmuebles, deben acreditar documentalmente tal derecho y cumplir sus obligaciones como el pago de impuestos, las accionantes no son propietarias sino invasores que se han asentado en un lugar no habitable, donde fluyen aguas servidas, además no reclaman derechos colectivos; y, 5) Pese a lo afirmado refieren que ya se iniciaron los trabajos de reparación.