Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0123/2018-S1
Fecha: 16-Abr-2018
II.5.
II.5. Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a instancia de Pascual Laime Mamani y otros, contra Miriam Teodora Limachi Lopez -ahora accionante-, por el delito de falsificación de documento privado, la Jueza de Sentencia Penal Cuarta del departamento de La Paz -hoy codemandada-, mediante Auto de 19 de junio de 2017, dispuso la reposición de obrados hasta “fs. 668” inclusive, es decir, hasta la apertura del juicio oral a efectos de que pueda conocer todas las actuaciones desde el inicio del juicio, señalando audiencia de apertura de juicio para el 4 de julio de igual año a horas 17:00 (fs. 6 y vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.1. La acción de libertad y los alcances de protección respecto al procesamiento ilegal o indebido
- las lesiones al debido proceso están llamadas a ser reparadas por los mismos órganos jurisdiccionales que conocen la causa, lo que implica que quien ha sido objeto de esa lesión, debe pedir la reparación a los jueces y tribunales ordinarios, asumiendo activamente su rol dentro del proceso, a través de los medios y recursos que prevé la ley
- CONFIRMAR