SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0124/2018-S2
Fecha: 16-Abr-2018
II.4.
II.4. El 11 de febrero de 2016, Margoth Vargas Jordán, Fiscal de Materia adscrita a la Fuerza Especial de Lucha contra el Crimen (FELCC), Módulo del Plan 3000, dentro de la investigación iniciada por el Ministerio Público a denuncia de Fidel Chilo Rivero, contra Vidal Roger Chilo Leaños y otros, por la presunta comisión de los delitos de falsedad ideológica y material, y engaño a personas incapaces; imputó formalmente a Vidal Roger Chilo Leaños y Amanda Rodríguez Pardo, como presuntos coautores de la comisión del delito de falsedad ideológica instituido en el art. 199 del CP; señalando que, conforme a las conclusiones emitidas por el perito, en el informe del estudio grafológico realizado al protocolo del Testimonio Público 425/2013, relativo al contrato de préstamo de dinero por la suma de $us40 000.- (cuarenta mil dólares estadounidenses), con garantía hipotecaria, suscrito el 11 de abril de 2013, entre Custodia Chilo Rivero y Vidal Roger Chilo Leaños, se identificaba que, en el área de los “llenos manuscritos (firmas) del documento dubitado” (sic), la existencia de alteraciones en el soporte (papel), producido por acción química, concerniente al tipo ocultamiento mediante sustancias químicas; beneficiándose de la minuta de préstamo de alícuota utilizada posteriormente para favorecerse con dichos documentos (fs. 847 a 852 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- a)
- 1)
- i)
- “improbada”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Legitimación activa y pasiva en las acciones de amparo constitucional
- la legitimación activa consiste en la identidad de la persona del sujeto activo con la persona a la cual la ley concede el derecho de la acción constitucional, en otras palabras, se tendrá legitimación activa cuando un sujeto jurídico determinado - sujeto activo - se encuentre en la posición que fundamenta la titularidad de la acción
- Fragmento 20
- esta acción constitucional debe interponerse por la persona agraviada o afectada que demuestra tener interés directo sobre el asunto y sobre quien recaerán las consecuencias jurídicas, de lo que se concluye que
- El derecho a una resolución fundamentada y motivada es una de las garantías mínimas del debido proceso reconocido como derecho fundamental
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- Fragmento 24
- III.4. Análisis del caso concreto
- 2° Dejar sin efecto las Resoluciones Fiscales Departamentales 019/17 y 191/17
- 3°