Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0153/2018-S4
Fecha: 27-Abr-2018
II.1.
II.1. Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Santiago Quispe Arratia y otro por la presunta comisión del delito de lesiones graves y leves, la Jueza de Instrucción Penal Tercera de El Alto del departamento de La Paz, –ahora codemandada– emitió el Auto Interlocutorio 78-A/2015 de 2 de marzo, por el cual, dispuso declarar fundada la excepción de incompetencia formulada por Santiago Quispe Arratia y José Sánchez Condori, por lo que, declinó competencia a las autoridades indígena originaria campesinas de la comunidad Tacachira (fs. 22 a 23 y 123 a 124).
- acción
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- : a)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1.2.1. Rechazo de la acción de amparo constitucional
- I.22. Admisión de la acción de amparo constitucional
- i)
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- resulta exigible sino una precisa presentación por parte de los accionantes que muestre a la justicia constitucional de por qué la interpretación desarrollada por las autoridades, vulnera derechos y garantías previstos por la Constitución
- III.2.1. Sobre la actuación de la Jueza de Instrucción Penal Tercera de El Alto del departamento de La Paz
- III.2.2. Con relación a la actuación de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz
- III.2.3. Respecto a la denuncia de inactividad de la jurisdicción indígena originaria campesina de la comunidad Tacachira
- CONFIRMAR