Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0156/2018-S2
Fecha: 30-Abr-2018
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 389/2017 de 17 de noviembre, cursante de fs. 347 a 350 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Florencio Cáceres Mamani contra Luis Antonio Revilla Herrero, Alcalde y Marco Antonio Fuentes Verastegui, Director del Servicio de Transporte Municipal (SETRAM) ambos del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- 1)
- i)
- concedió en parte
- a)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II
- III.1. Contextualización de línea de la acción de amparo constitucional ante el incumplimiento de las conminatorias de reincorporación
- de ahí que para concederse una tutela constitucional debe analizarse en cada caso la pertinencia de la conminatoria
- III.2 Legitimación pasiva en las acciones de amparo constitucional: Obligación de accionar contra la autoridad que ejecutó el acto ilegal y la que podía corregirlo
- III.3. Análisis del caso concreto