Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0208/2018-S3
Fecha: 16-Abr-2018
I.1.3. Petitorio
Solicita se conceda la tutela; disponiendo dejar sin efecto los votos emitidos por Willy Arias Aguilar, William Eduard Alave Laura, Vocales de la Sala Penal Segunda; y, Ángel Arias Morales, Vocal de la Sala Penal Tercera, todos del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz al igual que el “Auto de Vista” 223/2017 de 23 de octubre; y, que en el plazo de veinticuatro horas se “…emitan nuevos votos y nuevo Auto de Vista…” (sic) por las autoridades demandadas.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- :
- la jurisdicción constitucional no tiene competencia para ingresar a valorar la prueba
- ‘…La facultad de valoración de la prueba corresponde privativamente a los órganos jurisdiccionales ordinarios
- otra excepción se da cuando la autoridad judicial basa su decisión en una prueba inexistente o que refleja un hecho diferente al utilizado como argumento
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR