SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0232/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0232/2018-S3

Fecha: 20-Abr-2018

1)

Solicitó se conceda la tutela, disponiendo que: 1) COTEL Ltda. restituya inmediatamente sus derechos cumpliendo la RM 785/17; 2) Cesen los procesos administrativos instaurados en su contra; y, 3) Se disponga el pago de daños y perjuicios y se remitan antecedentes ante el Ministerio Público por la existencia del “…delito de violencia psicológica laboral” (sic).

Héctor Andrés Hinojosa Rodríguez, Ministro de Trabajo, Empleo y Previsión Social, a través de sus representantes legales Shirley Jazmín Pérez Velásquez, Dominga Eva Villán Cabrera y Roger Lidio Chuquimia Mamani, por informe presentado el 8 de noviembre de 2017, cursante de fs. 187 a 190 vta., señalaron que: 1) La cartera de Estado que representaban, asumió un rol activo a partir de las notas presentadas por la accionante el 8 de febrero, 20, 22 y 21 de marzo y 10 de abril todas de 2017; por las que, denunció en un primer momento el acoso laboral por parte de la entidad empleadora COTEL Ltda., que a pesar de su convocatoria para audiencia no se presentó; y, 2) Emitida la Conminatoria de Cumplimiento J.D.T.L.P./EVG/ 01/2017, -confirmada tras los recursos de revocatoria y jerárquico que presentó la Cooperativa empleadora-; y, debidamente notificadas las partes, ratificaron el contenido íntegro de la citada Conminatoria así como las Resoluciones de los recursos interpuestos, añadiendo que fundamentaron debidamente las razones por las cuales se estableció que existió una drástica y arbitraria afectación del nivel jerárquico de la accionante, además de actos que evidenciaron acoso laboral atribuibles a la parte empleadora; por lo que, solicitaron se conceda la tutela en cuanto a los actos efectuados por el Ministerio al que representan.