SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0232/2018-S3
Fecha: 20-Abr-2018
que fueron debidamente considerados y obtuvieron un pronunciamiento
Bajo ese contexto, se advierte que la accionante alegó la lesión de sus derechos a la “no discriminación”, a la salud física y psicológica, a la dignidad y a la estabilidad laboral; en razón a una serie de actos de acoso laboral que sufrió de forma progresiva hasta que por Memorándum DRH-0307, la entidad empleadora la obligó a asumir un cargo de menor jerarquía al que ocupaba, además cambiando el lugar de prestación de sus servicios, actos lesivos que fueron debidamente considerados y obtuvieron un pronunciamiento a través de la Conminatoria de Cumplimiento J.D.T.L.P./EVG/ 01/2017 (confirmada tras los recursos de revocatoria y jerárquico), que conminó a COTEL Ltda. a cesar el acoso laboral y reasignarla a su anterior cargo. De tal forma, la lesión actual de sus derechos, deviene del incumplimiento de dicha conminatoria; y, consecuentemente corresponde analizar esta problemática.
- acción de amparo constitucional
- a)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- unilateral
- que fueron debidamente considerados y obtuvieron un pronunciamiento
- III.3.1. Sobre la lesión de la estabilidad laboral
- prohibición de toda forma de discriminación
- REVOCAR
- 1º CONCEDER parcialmente
- 3º Se EXHORTA
- 4º Se EXHORTA