SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0232/2018-S3
Fecha: 20-Abr-2018
i)
La accionante ratificó los términos expuestos en su memorial de interposición de la presente acción de defensa y ampliándola, expresó que: i) La Conminatoria de reincorporación J.D.T.L.P./EVG/ 01/2017 fue ratificada tras el recurso revocatorio y el jerárquico, sin que las autoridades demandadas puedan alegar el incumplimiento del principio de subsidiariedad; ii) El cargo que ocupaba -si bien en un principio era interino-, se convirtió en un cargo permanente por “…memorándum 927 de 30 de enero de 2015…” (sic), que la ratificó en el cargo, sin establecer temporalidad alguna; tal como señaló la RM 785/17; iii) Los procesos sumarios instaurados en su contra eran parte del acoso sufrido -según su criterio- a consecuencia de haberse opuesto a una huelga de trabajadores de la cual no participó; y, iv) Indicó que hace poco tiempo perdió a su hijo, hecho que le generó un conflicto psicológico y un cuadro depresivo que se agravó tras la desestabilización que sufrió por el acoso laboral, lo que causó inclusive la modificación del esquema del tratamiento psicológico que recibía; extremo corroborado por el certificado médico que presentó emitido por la psicóloga y psiquiatra Teresa Wayra Kolle Valenzuela.
- acción de amparo constitucional
- a)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- unilateral
- que fueron debidamente considerados y obtuvieron un pronunciamiento
- III.3.1. Sobre la lesión de la estabilidad laboral
- prohibición de toda forma de discriminación
- REVOCAR
- 1º CONCEDER parcialmente
- 3º Se EXHORTA
- 4º Se EXHORTA