Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0271/2018-S3
Fecha: 20-Abr-2018
acción de libertad
En revisión la Resolución de 14 de diciembre de 2017, cursante de fs. 123 a 126 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por William Aponte Eguez contra Juan Carlos Candia Saavedra, Presidente del Tribunal Departamental de Justicia de Beni; Edgar Esteban Menacho Rojas, Juez de Instrucción Anticorrupción y Violencia hacia la Mujer Primero; y, Roberto Ismael Nacif Suarez, Juez Público Civil y Comercial Primero, ambos del mismo departamento.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I
- a)
- 1
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- Fragmento 7
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- que exista indefensión absoluta
- las lesiones al debido proceso en materia penal en aquellos casos en los que se colocó al accionante en absoluto estado de indefensión
- si los actos emergentes del procesamiento no ponen en riesgo la libertad y no ocasionan su restricción, no podrán ser evaluados y considerados a través de la acción de libertad,
- III.3.
- Fragmento 19
- REVOCAR