Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0271/2018-S3
Fecha: 20-Abr-2018
II.3.
II.3. Consta Informe de 13 de diciembre de 2017, de Mindy Fernanda Cruz Sejas, Secretaria del Juzgado de Instrucción de Anticorrupción y Violencia hacia la Mujer Primero del departamento indicado, con respecto a la remisión del cuaderno de control jurisdiccional realizado el 30 de noviembre del año citado, por el Juzgado de Sentencia Penal Primero al Juzgado Público Civil y Comercial Primero ambos del prenombrado departamento; en la que se adjuntó copias legalizadas del cuaderno de registro de remisiones y Oficio 423/2017 de 30 de noviembre, para sustentar el señalado informe (fs. 90 a 92).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I
- a)
- 1
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- Fragmento 7
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- que exista indefensión absoluta
- las lesiones al debido proceso en materia penal en aquellos casos en los que se colocó al accionante en absoluto estado de indefensión
- si los actos emergentes del procesamiento no ponen en riesgo la libertad y no ocasionan su restricción, no podrán ser evaluados y considerados a través de la acción de libertad,
- III.3.
- Fragmento 19
- REVOCAR