Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0181/2018-S2
Fecha: 14-May-2018
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El accionante ratificó el contenido de su demanda acotando que el Tribunal de casación en el Auto Supremo 61/2017, señaló que “del recurso jerárquico tendría que haber seguido un proceso contencioso administrativo y no un proceso laboral” (sic) obró contra las disposiciones constitucionales; toda vez que, “hay una sentencia constitucional” que señala que “no se puede platear un proceso contencioso administrativo cuando debe tramitarse un proceso laboral” (sic).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- lo que significa que las sentencias emitidas por el Tribunal Constitucional tienen carácter definitivo, absoluto e incontrovertible, de manera tal que sobre el tema resuelto no puede volver a plantearse nuevo litigio a través de recurso alguno
- presentación de una segunda acción de amparo constitucional con identidad de sujetos, objeto y causa, imposibilita a este Tribunal ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada
- Partes procesales, referidas a la legitimación activa y legitimación pasiva;
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR