SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0193/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0193/2018-S3

Fecha: 16-May-2018

1)

1)  Refiere en cuanto a la errónea aplicación de la Ley Sustantiva Penal que, examinada la Resolución recurrida se advierte, en primer lugar la extrañeza observada respecto a la comparecencia del denunciante a la audiencia, resultando intrascendente; comprendieron que no efectuó un cabal entendimiento en relación al hecho atribuido al imputado; cual es, el de establecer la existencia de la probabilidad de participación en el hecho punible; de ésto se colige la posible mala ejecución de la obra en virtud a que no se hubiese entregado conforme a las exigencias del contrato por fallas estructurales en su construcción a prima facie, advertidas por una inspección técnica, informe de la Sociedad de Ingenieros de Bolivia (SIB), cuya construcción estuvo a cargo de la empresa CONVISA; y no como el Juez a quo, exime de responsabilidad penal al accionante, en esta etapa del proceso; por lo cual resulta cierto el reclamo de la parte recurrente sobre lo acusado, acogiendo este motivo; respecto al hecho con identidad penal y más aun siendo que el contrato corresponde a la modalidad “llave en mano” con sus propias especificaciones; y,