SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0193/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0193/2018-S3

Fecha: 16-May-2018

2)

2)  Sobre la errónea interpretación y aplicación de la Ley Adjetiva Penal, referente al art. 234.2, el Juez a quo equivocó como se trata del numeral 4 de dicha Norma Legal, pese haberse presentado certificado sobre movimiento migratorio de viajes realizados al continente europeo, dándolo por inconcurrente dicho presupuesto; en ese sentido los Vocales demandados hacen referencia como riesgo de fuga, no al comportamiento del imputado en el proceso, sino a la facilidad para ausentarse del país, y esto se halla sustentado por el flujo migratorio del prenombrado, y admitido por su defensa; sin que se haya demostrado que el imputado sea imprescindible en el exterior; contando con las facilidades para salir del país, concurriendo el art. 234.2 de la norma citada, acogiendo el motivo acusado.

Con relación al art. 234.10 del citado Código, afirma que ante la muerte de un ingeniero que cayó de la cubierta, misma que no soportó el peso, constituiría un peligro para la sociedad; las autoridades demandadas señalan que el argumento del recurrente, no condice con el riesgo de fuga o que el imputado vaya a evadir la acción de la justicia, aplicando la SCP 0056/2014 de 3 de enero, por lo tanto ese hecho no puede ser considerado como peligro para la sociedad, mismo razonamiento vertido por el Juez a quo.

Acorde al presupuesto del art. 235.2 del CPP, si bien se sostiene que no se tomaron las declaraciones a los testigos que son trabajadores dependientes de la empresa que representa David Henry Terceros León, sobre los cuales podría influir en la investigación; tal alegación resulta ser abstracta y genérica; por cuanto objetivamente no se demostró la conducta del imputado respecto a su comportamiento con determinados testigos, que no fueron identificados y que de alguna manera obstaculice la averiguación de la verdad; por lo que el razonamiento del Juez a quo, se encuentra conforme a derecho.