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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0231/2018-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0231/2018-S1

    Fecha: 29-May-2018

    j)

    j)        En el recurso de revocatoria -presentado el 12 de mayo de 2017-, si bien se indica que con la emisión del Acuerdo 073/2017 se vulneraron derechos y garantías; sin embargo, la recurrente, hoy accionante, no refirió la forma en que los mismos hubieran sido lesionados, requisito sine quanon de todo recurso;

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • 1)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III.1.  Jurisprudencia reiterada sobre el debido proceso en sus elementos de fundamentación, motivación y congruencia de las resoluciones
    • fundamentación legal y citar las normas que sustentan la parte dispositiva de la misma
    • la motivación puede ser concisa, pero clara y satisfacer todos los puntos demandados, debiendo expresar el Juez sus convicciones determinativas que justifiquen razonablemente su decisión en cuyo caso las normas del debido proceso se tendrán por fielmente cumplidas.
    • principio de congruencia entendido como
    • i)
    • iii)
    • v)
    • vi)
    • viii)
    • ix)
    • b)
    • c)
    • d)
    • f)
    • h)
    • j)
    • k)
    • l)
    • III.3.  Otras consideraciones
    • REVOCAR en parte
    • 2°

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