Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0229/2018-S2
Fecha: 28-May-2018
conceder en parte
En consecuencia, a criterio de la suscrita Magistrada, la Jueza de garantías al conceder en parte la tutela impetrada obró de forma correcta; por lo que, la Sala Segunda del Tribunal Constitucional Plurinacional debió CONFIRMAR la Resolución 01/2018 de 5 de enero, emitida por la Jueza Pública Mixta y de Sentencia Penal Primera de Yapacaní del departamento de Santa Cruz; y en consecuencia:
- I.
- a)
- 1)
- debe ser una premisa de su labor, garantizar un real acceso a la justicia constitucional
- Fragmento 5
- II.2 La fundamentación y motivación de las resoluciones y el principio de congruencia como elementos de la garantía del debido proceso
- Fragmento 7
- arbitrariedad
- relevancia constitucional
- II.3.
- II.4. Alcance del derecho de reparación en el ordenamiento jurídico boliviano y los instrumentos internacionales: Estándar de protección más alto
- Fragmento 12
- a) La restitución
- II.5. Análisis del caso concreto
- II.5.1. Sobre la falta de fundamentación y motivación en el Acuerdo 0113/2017 de 28 de junio
- III.5.2. Sobre la falta de fundamentación, motivación y
- Fragmento 17
- conceder en parte
- 2°
- Fragmento 20
- MAGISTRADA
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)
- ejercer la función pública