VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0229/2018-S2
Fecha: 28-May-2018
II.5. Análisis del caso concreto
En la problemática planteada el impetrante de tutela denuncia la vulneración de sus derechos al trabajo y la función pública; toda vez que, antes de realizarse el acto de juramento al cargo de Juez Público Civil Comercial y de Partido del Trabajo y Seguridad Social Primero de Yapacaní, se aprobó el Acuerdo 113/2017 de 28 de junio de Sala Plena del Consejo de la Magistratura, por el que se revocó su designación; acto administrativo contra el que planteó recurso de revocatoria, resuelto a través de Resolución RR/SP 0133/2017 que confirma dicha determinación.
Ahora bien, a objeto de establecer la vulneración de los derechos del trabajo y al ejercicio de la función pública, a causa de la determinación de dejar sin efecto la designación al cargo de Juez del demandante de tutela; se circunscribirá su análisis en la fundamentación y motivación tanto del Acuerdo 0113/2017 que deja sin efecto su designación; así como la falta de valoración de prueba de la Resolución RR/SP 0133/2017, que resuelve su recurso de revocatoria interpuesto contra el referido Acuerdo, argumentación que es posible efectuar conforme a lo desarrollado en el Fundamento Jurídico II.1 de este Voto Disidente, por la conexitud e interdependencia de los derechos, que aunque no hubieran sido invocados por el accionante, ante casos de evidente lesión es posible otorgar la tutela sobre los mismos.
- I.
- a)
- 1)
- debe ser una premisa de su labor, garantizar un real acceso a la justicia constitucional
- Fragmento 5
- II.2 La fundamentación y motivación de las resoluciones y el principio de congruencia como elementos de la garantía del debido proceso
- Fragmento 7
- arbitrariedad
- relevancia constitucional
- II.3.
- II.4. Alcance del derecho de reparación en el ordenamiento jurídico boliviano y los instrumentos internacionales: Estándar de protección más alto
- Fragmento 12
- a) La restitución
- II.5. Análisis del caso concreto
- II.5.1. Sobre la falta de fundamentación y motivación en el Acuerdo 0113/2017 de 28 de junio
- III.5.2. Sobre la falta de fundamentación, motivación y
- Fragmento 17
- conceder en parte
- 2°
- Fragmento 20
- MAGISTRADA
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)
- ejercer la función pública