Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0241/2018-S1
Fecha: 11-Jun-2018
II.3.
II.3. La accionante, mediante notas de 2 de marzo de 2017, dirigidas a la Subdirectora de Educación Superior y a la Directora Departamental de Fe y Alegría, hizo conocer, que luego de gozar de sus vacaciones al igual que todos sus colegas, se incorporó a sus funciones de docente el 6 de febrero de la referida gestión, cumpliendo con las actividades de planificación y registrando su asistencia de manera normal, sin que haya recibido su salario correspondiente al mes de febrero del señalado año; poniendo de manifiesto que su persona no había tenido ninguna comunicación oficial de cese de funciones, por lo que, solicitó el esclarecimiento de su situación (fs. 7 y 8).