SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0275/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0275/2018-S1

Fecha: 27-Jun-2018

2)

2)   El Requerimiento de 11 de julio de 2017, emitido por Edwin Walter Iriarte Terrazas -hoy codemandado- da lugar a una ilegal argumentación, de que la objeción planteada contra el señalado Requerimiento de 6 de igual mes y año, estaría enmarcada en una proposición de diligencias y que debe tramitarse conforme al art. 306 del CPP, que es omisivo a la naturaleza de su solicitud de reapertura de la investigación, en razón a que al no haberse emitido imputación formal, no era posible invocar la previsión de la citada norma procesal penal, al no configurarse el requisito exigible para habilitar a la víctima y/o querellante para realizar la proposición de actos o diligencias investigativas.

  Dejar sin efecto la referida Resolución Jerárquica, disponiendo que dicha autoridad jerárquica fiscal, a la brevedad resuelva con la debida fundamentación la objeción formulada al Requerimiento de 6 de julio de 2017, por el ahora accionante, salvo que la misma ya hubiese sido emitida como consecuencia de la concesión dispuesta por el Tribunal de garantías.