SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0322/2018-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0322/2018-S4

Fecha: 27-Jun-2018

2)

2)       Juan Roberto Murillo Carrillo en representación de la entidad impetrante de tutela, alega que la Resolución objetada, sin sustento normativo, desestimó el informe presentado por la empresa “Real Data S.R.L.”, y que no se consideró el contenido íntegro del propio, ni la experiencia de la empresa en el área de encuestas y la hoja de vida del Gerente del proyecto, siendo que dicha prueba fue presentada dentro del plazo previsto por el art. 62 de la LPA; al respecto, se tiene que la misma, indica como fundamento a objeto de realizar un nuevo análisis de la prueba, lo previsto por el art. 47 de la mencionada norma administrativa, referido a la sana crítica para su valoración, sin embargo, cita jurisprudencia del Tribunal Andino de Justicia contenida en el proceso 105-IP-2014, en ese contexto, el fallo ahora cuestionado procedió a reanalizar la prueba consistente en el informe presentado por la empresa “Real Data S.R.L.”, señalando que el mencionado no cuenta con respaldo público o reconocido debidamente acreditado, y que la mención que realiza a otros estudios, no forma convicción de que los resultados que refleja constituyan prueba plena, y que además la marca objeto de la demanda es “DRINK SAN MATEO” y no únicamente SAN MATEO, por lo que el estudio no abarca de forma global la misma, constituyendo solo indicio de prueba; asimismo, establece que la referida prueba es de “marzo de 2016” (sic) posterior a la interposición de la demanda; consiguientemente, se tiene que la autoridad demandada realizó la consideración de dicha prueba en el marco normativo descrito precedentemente.