SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0310/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0310/2018-S1

Fecha: 09-Jul-2018

9. Certificar la Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria para la importación y exportación.

La RA 127/2002 de 12 de septiembre, dispone aprobar el Manual del Sistema de Cuarentena Vegetal que consta de ocho títulos y trece anexos, cuyo punto 4.1.1 señala la emisión del Permiso Fitosanitario de Importación; el 4.1.2 regula la inspección documental; el 4.1.3 refiere sobre la inspección física de mercaderías; y, el punto 4.1.4, establece la inspección fitosanitaria a vehículos y medios de transporte.  

De la normativa señalada en forma precedente, se advierte que la sanidad e inocuidad alimentaria es competencia exclusiva del nivel central del Estado; en ese marco, conforme a la Ley de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria, que en su Disposición Transitoria Quinta, mantiene la vigencia de los arts. 2, 3 y 4 de la Ley 2061, hasta la publicación del Decreto Supremo de reglamentación de dicho cuerpo normativo, el mismo que en su art. 15.6 y 9, estipula entre otras, la atribución del SENASAG de reglamentar el decomiso, la destrucción, retorno o disposición final de animales, vegetales, productos y subproductos en materia de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria; y, certificar la Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria para la importación y exportación.