Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0332/2018-S1
Fecha: 20-Jul-2018
riesgo su vida
Con referencia a que las actuaciones desarrolladas precedentemente pusieron en riesgo su vida, se debe precisar que el accionante no demostró de manera objetiva en qué forma concurrió el citado riesgo, además señaló que padecería de una enfermedad terminal, y su condición de “inválido” y adjuntó para ello un certificado médico que establecería un impedimento de diez días en reposo absoluto, estos argumentos y la documental señalada no evidencian de forma idónea, la causalidad del derecho denunciado con las actuaciones descritas, por lo que corresponde denegar la tutela impetrada al respecto.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- la única oportunidad procesal para desistir o retirar la acción de libertad, es hasta antes de señalado el día y hora de la audiencia pública, es decir, cualesquiera de estas actuaciones (retiro o desistimiento) serán inadmisibles después de esta actuación procesal (señalamiento de día y hora de audiencia pública)
- b)
- III.2. Formalidades legales que deben cumplirse para dar curso con el arresto
- El arresto constituye una medida cautelar de carácter personal preventivo por tiempo limitado y con un fin específico, que puede ser ejercida por el Fiscal o la Policía en los límites y condiciones establecidas por la ley
- III.3.
- III.4.1. Respecto a la actuación de Teodosio Apaza Terrazas, Funcionario Policial asignado al caso de la FELCC de El Alto del departamento de La Paz
- Fragmento 22
- III.4.2. En alusión a la actuación de Tomás Richard Conde Machaca, Fiscal de Materia adscrito a la Unidad de Flagrancia de la FELCC del departamento de La Paz
- Fragmento 24
- III.4.3. En alusión a la actuación de Roger Rosas Iglesias, Fiscal de Materia adscrito a la Fiscalía Corporativa de Análisis de El Alto del departamento de La Paz
- vertiente de legalidad
- riesgo su vida
- Fragmento 28
- 1° CONCEDER en parte
- 2° DENEGAR