SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0348/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0348/2018-S2

Fecha: 18-Jul-2018

I.2.3. Intervención del tercero interesado

Freddy Castro Oviedo, abogado de la Federación Departamental de Trabajadores Fabriles de La Paz, expresó en audiencia, que respecto a lo señalado por el abogado de la parte demandada, en relación a que al estar pendiente de resolución el trámite de reincorporación no se constituye una causal de improcedencia de la presente acción tutelar, en ese sentido, los Decretos Supremos (DDSS) 28699 de 1 de mayo de 2006 y 0495 de 1 de mayo de 2010 establecen que, si el trabajador es despedido de su fuente laboral sin un justificativo puede acudir al Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, y solicitar su reincorporación, y que emitida la conminatoria es de cumplimiento obligatorio a partir de su notificación; ante el incumplimiento de la misma, el trabajador podrá interponer acción de amparo constitucional.