SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0356/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0356/2018-S2

Fecha: 24-Jul-2018

III.3.  Oportunidad para retirar la demanda

La SCP 0103/2012 de 23 de abril, en el Fundamento Jurídico III.2, refiriéndose al momento procesal en el que resulta factible el retiro de la acción de libertad y cambiando el razonamiento asumido anteriormente en las SSCC 1229/2010-R de 13 de septiembre y 1425/2011-R de 10 de octubre, entre otras -que permitían el desistimiento y/o retiro de la demanda ante la restitución del derecho lesionado-, dejó establecido que    la única oportunidad procesal para desistir o retirar la acción de libertad, es hasta antes de haberse señalado el día y hora de la audiencia pública, de acuerdo a los siguientes argumentos: