SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0884/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0884/2018-S3

Fecha: 23-Jul-2018

i)

De esta forma, el 24 de febrero de 2016, interpuso recurso de apelación incidental: i) Respecto de la referida extinción de la acción penal por duración máxima del proceso, cuestionó que el Tribunal a quo omitió pronunciarse sobre los actos que señaló expresa y detalladamente como dilatorios; también la Resolución impugnada carece de motivación porque no explica las razones por la cuales afirma que no se demostró una demora indebida e innecesaria, como tampoco el acto negligente que dio lugar a que el proceso se extienda; tampoco explicó sus razones de ignorar la auditoría jurídica contenida en el memorial de 10 de diciembre de 2014; y, ii) En cuanto a la prescripción, cuestionó que esta se funda en el vencimiento del término previsto, por el quantum de la pena, para ejercer la acción penal y no como sostuvo erróneamente el Tribunal de Sentencia, en la valoración de la conducta del imputado o en la complejidad del caso, que son aplicables únicamente para resolver la excepción anterior.

A criterio del Tribunal a quo, no se habría demostrado la existencia de dilación indebida e innecesaria, tampoco el acto negligente que dio lugar a que el proceso durare más de lo previsto por ley, pese a que detalló específicamente cada uno de los momentos procesales que llevaron a que el caso se prolongue por más de diez años.

Los Jueces Técnicos demandados no señalaron de manera precisa cuáles los actos de los imputados y cuál la incidencia de estos para extender la duración del proceso. Su análisis debió reparar detalladamente en la “incidencia temporal” que tuvo la retardación de los órganos administradores de justicia y cuál la conducta de los imputados; y,