SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0884/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0884/2018-S3

Fecha: 23-Jul-2018

I.2.3. Intervención de los terceros interesados

Teresa Justiniano Roca Vda. De Ocampo y Carlos Vicente Tadic Calvo, a través de su abogado en audiencia, refirieron que el proceso penal se inició el 11 de febrero de 2005, habiendo transcurrido más de ocho años. Interpusieron excepción de extinción de la acción penal por prescripción, fundada en los arts. 27 y 308.4 del CPP, aclarando que lo único que puede interrumpir la prescripción es la declaratoria de rebeldía o suspensión por orden institucional; argumentando que la Resolución 3/2016, erróneamente consideró que la dilación del proceso, fue atribuible a los imputados y que los delitos cometidos por funcionarios públicos son imprescriptibles, conforme dispone el art. 112 de la CPE; agravios que no fueron resueltos por el Auto de Vista 19/2017, vulnerando el art. 124 de la Norma Adjetiva Penal.