SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0029/2018
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0029/2018

Fecha: 01-Ago-2018

La autoridad que reclame una competencia a la otra jurisdicción solicitará que ésta última se aparte de su conocimiento

En ese orden, la autoridad administradora de justicia que reclame el ejercicio de su competencia a otra de una jurisdicción diferente, antes de acudir al Tribunal Constitucional Plurinacional, a través del conflicto de competencias jurisdiccionales, debe cumplir con el procedimiento previo de solicitar a la autoridad invasora, el apartamiento de la causa que estuviera a su conocimiento; ante lo cual, si el requerido rechaza su petición o no responde en el plazo de siete días, a partir de la solicitud, entonces habilita a la autoridad peticionante para plantear conflicto de competencias ante este Tribunal Constitucional Plurinacional.