Sentencia Constitucional Plurinacional 0387/2018-S1 de 7 de agosto
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia Constitucional Plurinacional 0387/2018-S1 de 7 de agosto

Fecha: 07-Ago-2018

i)

En el caso el accionante denuncia como lesionados sus derechos a la privacidad e intimidad, a la honra, al honor, a la imagen, a la dignidad, a la autodeterminación informática y al trabajo; dado que: i) El Banco Unión S.A.: a) Por Memorando CITE: ME/RRHHPTS/284/2015 de 7 de diciembre, en mérito al informe de auditoría 265/2015 de 4 de noviembre, que establecería una serie de faltas en su contra, en aplicación del inc. e) art. 16 de la LGT, e inc. e) y g) del art. 9 de su Decreto Reglamentario, a tiempo de agradecer sus servicios, le calificaron en el código “03” previsto en el Reglamento aplicable al caso, sin haberle instaurado un proceso; y, b) A través de nota de 15 de septiembre de 2017, pidió al Banco Unión S.A. efectuar el cambio de codificación en la ASFI; sin embargo, dicha solicitud le fue negado mediante nota de 14 de diciembre del mismo año; y, ii) Una vez acudido ante la ASFI, reiterando el mismo cambio, mediante nota de 29 de septiembre de igual año, le respondieron indicando no tener atribución para modificar dichos códigos.  

La suscrita Magistrada considera que en la SCP 0387/2018-S1 de 7 de agosto, existe una errónea apreciación de la problemática cuando señala que, el argumento expuesto por el accionante en realidad está dirigida a cuestionar el procedimiento desarrollado a partir del cual se determinó su desvinculación laboral.