SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0387/2018-S1
Fecha: 07-Ago-2018
II.2.
II.2. Consta Informe AIN 265/2015 de 4 de noviembre, de Autoría Interna, que en su parte más sobresaliente concluyó que el 80 % de la muestra evaluada, no contaba con el negocio declarado y evaluado por el accionante; asimismo, de la revisión de antecedentes advirtió que el citado funcionario otorgó crédito a parientes de segundo grado de afinidad (Jimena Denisse Vargas Villegas, hermana de su esposa); de igual forma identificó que el 27% de los clientes seleccionados por el nombrado, fueron utilizados para gestionar créditos para terceras personas según declaraciones firmadas por los clientes; finalmente verificó que varios clientes que tienen un crédito en el Banco Unión S.A., realizaron depósitos a la cuenta del accionante, a cuyo aspecto el citado funcionario indicó desconocer los motivos por los cuales se hayan efectuado dichos depósitos (fs. 372 a 395).
- acción de protección de privacidad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- procedencia
- II.1
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Acción de protección de privacidad: naturaleza jurídica y ámbito de aplicación
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.3. Otras consideraciones
- 1° REVOCAR
- 2° Se exhorta