SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0417/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0417/2018-S2

Fecha: 14-Ago-2018

II.4.

II.4.    Mediante Sentencia 611/“13” de 11 de junio de 2014, la Jueza Pública Civil y Comercial Séptima de la Capital del departamento de Santa Cruz, Margarita Arteaga León, declaró probada la demanda ejecutiva descrita en la Conclusión II.2, ordenando la prosecución del trámite de la acción hasta el trance de subasta y remate de los bienes embargados o que se embargaren en el futuro, para con su producto pueda cancelar la suma de    Bs12 000.-, más intereses, con costas. Decisión asumida en sentido de estar probado que la ejecutada, era deudora de plazo vencido, de la suma precitada recibida mediante letra de cambio, acreditada como título valor con fuerza probatoria conforme a los arts. 491, 541, 564, 569, 570 y 580 inc. 2) del Ccom; constituyendo además título ejecutivo, en previsión del art. 487 inc. 3) del Código de Procedimiento Civil abrogado (CPCabrg), conteniendo los requisitos y presupuestos instituidos en los arts. 486 y 491 de ese Código objetivo (fs. 21 y vta.). Fallo notificado a la demandada en el proceso ejecutivo civil, ahora impetrante de tutela, el 10 de julio de 2014, en tablero judicial     (fs. 22).