Sentencia Constitucional Plurinacional 0428/2018-S1 de 17 de agosto
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia Constitucional Plurinacional 0428/2018-S1 de 17 de agosto

Fecha: 17-Ago-2018

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA DISIDENCIA

De los hechos que motivaron la interposición de la presente acción, que se constituyen en la causa para solicitar el resguardo de los derechos invocados por el accionante, quien cuestionó los actos presuntamente ilegales en los que incurrieron tanto el Juez de primera instancia como el Tribunal de alzada, con carácter previo se debe señalar que por el principio de subsidiariedad, el análisis se realizará a partir de la Resolución de cierre, en este caso el Auto de Vista 102/2017 de 8 de mayo, en consecuencia la presente Disidencia consigna la problemática identificada en relación a los Vocales demandados, teniendo como problema jurídico a resolver el siguiente:

Los Vocales de la Sala Penal Primera, emitieron el Auto de Vista 102/2017 y su complementario 107/2017 de 12 de mayo, sin fundamentación, motivación ni congruencia, apartándose de los motivos de su apelación ya que, en cuanto al primer motivo referente a la determinación del nexo de causalidad entre lo condenado y la responsabilidad civil, no dieron una respuesta fundada y apartándose de los argumentos expuestos lo declararon improcedente bajo un análisis irrazonable que lesionó también sus derechos a la defensa y a la tutela judicial efectiva; asimismo, al resolver los agravios segundo y tercero de su apelación remitieron su respuesta al fundamento utilizado para resolver el recurso de apelación del co acusado en el proceso penal Eric Alberto Reyes Villa Bacigalupi, sin emitir una respuesta criteriosa, lógica y jurídica, considerando que la situación de cada acusado es distinta.