SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0710/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0710/2018-S3

Fecha: 14-Ago-2018

a)

Solicitaron se conceda la tutela y en consecuencia se disponga que: a) La autoridad demandada se pronuncie de inmediato en estricta sujeción a los         arts. 318 y 320.II del Código de Procedimiento Penal (CPP) principalmente sobre la recusación planteada y todos los memoriales presentados pendientes de providencia; b) Se haga conocer el contenido del cuaderno procesal y se emita fotocopias legalizadas de la totalidad del mismo, así como de la prueba documental de descargo ofrecida; y, c) Se remita al Ministerio Público los antecedentes de esta acción de amparo constitucional, para el inicio del proceso penal contra el Juez demandado, por el delito de retardo de justicia previsto en el      art. 177 bis del Código Penal (CP), así como al Juzgado Disciplinario Tercero de la oficina departamental del Consejo de la Magistratura de La Paz.